Actualmente en la corriente legislativa de nuestro país existe un proyecto de ley que valora pasar de un sistema de impuesto de renta cedular a un sistema de renta global, el cual se ha denominado como Proyecto de Renta Global. Esta propuesta es parte de los proyectos negociados ante el Fondo Monetario Internacional por parte del Gobierno y es un proyecto de reforma al impuesto sobre la renta que se centra en las personas físicas.
Para comprender el alcance del mismo debemos considerar principalmente los siguientes tres puntos:
- Territorialidad, el proyecto se centra en los ingresos o rentas que se generan en el país, renta global es diferente a renta mundial, por lo que no contempla los ingresos que se generen fuera el país.
- Las tarifas se establecen de forma progresiva y se incluye un nuevo factor o porcentaje que corresponde al 27.5%, por lo cual las tarifas a aplicar están establecidas del 10% al 27.5% Estás tarifas se consideran progresivas porque su aplicación se da conforme se incrementen los ingresos o rentas brutas y son aplicadas al remanente, después de deducir el mínimo vital y los gastos deducibles.
- Existe un mínimo vital establecido en ¢8.200.000.00 (ocho millones doscientos mil colones con 00/100). Esto significa que, por el ingreso inicial equivalente al monto anterior, no se pagará ningún impuesto sobre la renta.
El proyecto se denomina Dual, debido a que contempla todas las rentas o ingresos generados en un período de tiempo. Ingresos que pueden venir de un salario, del alquiler de un vehículo, una casa o departamento, o de facturar con actividades económicas registradas ante la Hacienda. Todos estos ingresos se contemplan como uno solo y son la base o sobre la cual se estarán calculando la tarifa del impuesto que se deberá de cancelar.
Una vez deducidos los gastos que en la Ley se establecen como deducibles, se deberá de sumar todos los ingresos netos, rebajar el mínimo vital y esto se volvería la base imponible para el cálculo del impuesto sobre la renta.
El impuesto sobre rentas de capital y ganancias de capital se mantienen de forma independiente, por lo que se deberá continuar con el pago de la misma forma como se ha venido realizando.
Otro punto importante a considerar es que asume las atribuciones de renta, esto significa que todo servicio se debe de cobrar, por lo menos al mínimo, de no cobrarse, Hacienda atribuye el cobro del mismo y lo considera como parte de la renta bruta.
En el caso del pago de los adelantos de los impuestos y las retenciones como la del impuesto al salario, funcionan como un pago adelantado del impuesto, los cuales se deben cuantificar y conciliar al final del período.
En la última semana, este proyecto de ley sigue avanzando en la corriente legislativa. Por lo que habrá que esperar si se aprueba todo lo concerniente al mismo.